
Cortinas cortafuegos EW: Soluciones válidas, seguras y reconocidas en el marco del CTE
La reciente actualización del Código Técnico de la Edificación ha generado dudas en el sector sobre la validez del uso de elementos clasificados como EW en aplicaciones de compartimentación contra incendios. En concreto, la incertidumbre ha surgido a raíz de la eliminación de un comentario incluido en versiones anteriores del DBSI que hacía referencia a la posible equivalencia funcional, en ciertos casos, entre una clasificación EW t y una EI t, siempre que no hubiese riesgo en la cara no expuesta:
“Prestaciones de los elementos con función compartimentadora. Cuando se trate de un elemento separador (horizontal o vertical) respecto del cual, en caso de incendio, no se prevea la proximidad a la cara no expuesta ni de personas, ni de elementos combustibles, la condición El t puede considerarse cubierta por una clasificación EW t del elemento en cuestión, siendo W el símbolo indicativo de que la radiación térmica emitida por el elemento desde su cara no expuesta se mantiene dentro de los límites aceptables.”
Como fabricantes de cortinas cortafuegos, consideramos importante aclarar la situación actual desde el punto de vista normativo y técnico, con el respaldo de una reciente respuesta oficial del organismo que gestiona el CTE, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
¿Qué aprenderás en este post?
¿Qué ha cambiado? ¿Y qué no ha cambiado en el CTE?
El comentario suprimido permitía una interpretación según la cual, en ausencia de personas o materiales combustibles dentro de un área determinada en la cara no expuesta, se podía considerar que una solución EW t cumplía la función compartimentadora exigida como EI t. Sin embargo, este comentario tenía carácter informativo, no reglamentario, como el propio Ministerio ha confirmado.
El Ministerio aclara que su supresión no implica en ningún caso que las soluciones EW no puedan seguir utilizándose. Lo que cambia es que se refuerza la necesidad de justificar técnicamente su uso en el marco de una solución alternativa, como contempla el artículo 5 de la Parte I del CTE:
“Utilizar soluciones alternativas a las soluciones prescriptivas del CTE es una forma de cumplimiento perfectamente posible […] que exige que el proyectista o director de obra se responsabilice de la solución y en su caso establezca las condiciones.” — Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
Por tanto, las cortinas cortafuegos EW siguen siendo una solución perfectamente válida, siempre que el técnico prescriptor justifique su idoneidad en el contexto específico del proyecto.
Una oportunidad para soluciones más eficientes
Las cortinas cortafuegos EW ofrecen múltiples ventajas técnicas y funcionales en comparación con los sistemas EI convencionales e irrigadas, y las nuevas soluciones de cortinas EI secas que las convierten en una alternativa eficaz y segura:
- Amplio rango de clasificación: 60, 90, 120 minutos…
- Diseño ligero y flexible que facilita su instalación.
- Facilidad de integración dadas las dimensiones contenidas de las partes metálicas.
- Certificaciones europeas y ensayos normalizados conforme a UNE EN 1634-1:2016, EN 1363-1:2020 y UNE EN 13501-2, y con marcado CE.
Con la justificación adecuada, los proyectistas pueden seguir confiando en estas soluciones para cumplir con los objetivos de seguridad contra incendios, ganando además en eficiencia constructiva y libertad de diseño.
Así pues, la desaparición de un comentario orientativo no supone una prohibición ni una desautorización de las cortinas cortafuegos EW. Muy al contrario, se confirma que estas soluciones pueden utilizarse, siempre dentro del marco de una solución alternativa correctamente planteada y justificada por el técnico competente.
Desde Tecnitex seguiremos apoyando a proyectistas y direcciones facultativas con documentación técnica, certificados y asesoramiento personalizado para garantizar que nuestras cortinas EW sean no solo una opción válida, sino también una opción eficiente, segura y conforme al marco normativo actual. Contacta con nosotros para resolver tus dudas.
Referencias bibliográficas
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (2025). Código Técnico de la Edificación – Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI). BOE-A-2022-9848. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-9848